Empresas en problemas por lío legal de Iberdrola
Perla Reséndez
ALTAMIRA, Tam.- La negativa de jueces federales a Iberdrola para otorgarle amparos que impugnan la negativa de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para modificar los permisos de las plantas en Nuevo León y Tamaulipas, deberán derimirse en tribunales colegiados de circuito.
Juan Pablo Gómez Fierro, Juez Segundo Especializado en Competencia Económica, dejó en el limbo los amparos tramitados por la trasnacional, al considerar que no le corresponde tramitar los amparos.
Iberdrola Energía de Monterrey, Iberdrola Generación México, su filial Enertek, tramitaron tres amparos, mientras que Bio Pappel, una de las clientas de la planta de Nuevo León, también hizo lo propio, sin embargo, el juzgador se negó a revisarlos.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) negó a la española el pasado 29 de noviembre, la modificación del permiso de autoabasto E/205/AUT/2002 a uno de generación eléctrica.
Iberdrola necesitaba migrar a este modelo, para continuar ofreciendo sus servicios a sus socios, debido a que los contratos de interconexión entre ellos y la central , vencerán este próximo 31 de enero.
Se trata de más de 40 empresas que reciben energía de la central de Dulces nombres, ubicada en pesquería a las afueras de Monterrey, y que ahora deberán recibir energía de CFE.
Entre los socios de Iberdrola se encuentran grandes empresas como Cementos Monterrey (Cemex) Bio Papel, Nemak y la Cervecería Cuauhtémoc Moctezuna (Heineken).
Sin embargo, algunas empresas podrían incluso parar labores, debido a que reciben energía a través de una red eléctrica privada que no tiene conexión con la empresa productiva del estado (CFE).
Una de estas empresas es la holandesa Heineken, que a partir del 1 de febrero, no recibiría energía por Iberdrola y por tanto, podría parar labores, de no resolverse esta situación.
La española impugnó la resolución 472/2021 con la que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) negó la solicitud para la modificación del permiso para la planta de Pesquería, Nuevo León, que vencerá el 31 de enero de este año.
Mientras el amparo no sea admitido, no será posible que se concela la suspensión para que Iberdrola conceda una suspensión para mantener el estatus de la planta que opera en este municipio de Nuevo León desde el 2002.
Lo mismo ocurre con la central de Altamira, que operar desde 1988 en el sur de Tamaulipas, cuyo contrato asegura la venta de la energía que produzca a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), mismo que vencerá a partir del 1 de septiembre de 2022.
Ante ello, también Iberdrola interpuso un amparo contra la resolución 471/2021, que impiden a la trasnacional modificar el permiso que ahora tiene y que este mismo año vencerá.
De acuerdo con Gómez Fierro, no le corresponde tramitar los amparos, considerando que, por tratarse de resoluciones individuales de la CRE, la competencia para revisarlas es de los jueces en materia administrativa genérica.
Consideró que los jueces especializados sólo deben tramitar amparos contra leyes o normas que afecten la competencia en todo el sector energético; sin embargo, ya otros jueces han declinado los amparos, como ocurrió con el juez Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa, Francisco González Mendoza, quien declinó el amparo de Bio Pappel, por razón de territorio, enviándolo a los juzgados federales de Monterrey.
Mientras que el amparo de Iberdrola-Enertek que rechazó Gómez Fierro, ya había sido declinado por la Jueza Décimo Tercera de Distrito en Tamaulipas, Alejandra Ugalde.
La firma española afirmó que no venderá sus plantas, en caso de que esta fuera la intención del Gobierno o la CFE, mientras que esta última descartó alguna intención de comprar algún activo de Iberdrola.
Hasta ahora, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha negado cinco permisos a igual número de centrales que contaban con licencia de autoabastecimiento y que buscaban migrar a generación.
El Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) también ha negado permisos a socios de Iberdrola para cambiar su situación legal de auto proveedores de socios a compradores calificados.
Apenas el pasado 8 de diciembre del 2021, el mismo juez negó un amparo a la trasnacional un amparo contra el aumento de las tarifas que debe pagar a la CFE, por el servicio de transmisión de energía eléctrica, establecida por la Comisión Reguladora de Energía el 17 de junio del 2021.
Los cargos son aplicados por la CFE a intermediarios de contratos legados. Iberdrola argumentó que la CRE modificó el método para el cálculo de los cargos en las tarifas de porteo.
Se aplican a los titulares de contratos de interconexión legados con centrales de generación de energía eléctrica con fuentes de energía convencional, la cual aprueba los procedimientos para determinar las variables económicas requeridas para el cálculo de los cargos por servicio de transmisión a tensiones mayores o iguales a 69 kilovatios.
Iberdrola argumentó que los cargo variable por el uso de la red por unidad de energía porteada (CVUR), aumentaron entre 5 y 56 por ciento, mientras que el cargo fijo por el uso de la red por unidad de potencia que el permisionario importará (CFUR), subió 236 por ciento.
El juez resolvió que la CRE sí tiene las atribuciones constitucionales y legales; y que además no era una nueva la metodología para la determinación de los cargos por el servicio de transmisión en las tarifas.
De esta manera, negó el amparo por encontrar infundados e inoperantes los conceptos de violación formulados en la demanda inicial y sus ampliaciones.
El amparo fue interpuesto por Enertek, Iberdrola Energía Altamira, Iberdrola Energía del Golfo, Iberdrola Energía La Laguna, Iberdrola Energía Monterrey, Iberdrola Energía Tamazunchale.
Entre las afectaciones que pudieran ocurrir por esta deterinación, se encentran la pérdida de inversiones realizadas para la instalación de centrales eléctricas, inviabilidad financiera para seguir operando las centrales.
Ello podría llevar al cierre de las centrales, así como la eliminación de incentivos para participar en una sociedad de autoabastecimiento, así como el desincentivar inversiones futuras en tecnologías convencionales y renovables.
En Altamira, Iberdrola cuenta con dos plantas de ciclo combinado y dos centrales de cogeneración.
La planta de generación de energía de ciclo combinado Altamira III y IV, tiene una capacidad de 1,007 megavatios.
Se compone de dos módulos de tecnología de ciclo combinado, configurado de “dos por uno”, es decir 2 turbinas de gas y una turbina de vapor, explica su sitio de Internet.
En su proceso de generación de energía eléctrica utiliza agua desmineralizada, es decir, toma agua de mar y la desaliniza con su propia planta de tratamiento de agua, lo que le permite obtener agua con calidades acorde a los lineamientos y necesidades de los equipos.
Las plantas de cogeneración Altamira y Altamira-Dynasol, cuentan con una capacidad de 57 y 60 megavatios (MW) para abastecer de vapor y electricidad a Dynasol su socio industrial.
En Altamira operan siete centrales de ciclo combinado, de Mexichem, Iberdrola y Águila, cuatro termoeléctricas convencionales, de Akra Polyestrer, México Carbon Manufactuoring y Petrocel.
Cuatro centrales más de turbogas, que pertenecen a Enertek, Absormex, Styrolution y Tractebel Energía de Pánuco, tres centrales de cogeneración eficiente de Iberdrola y Energía MK KF, y una central de combustión interna.
la Asociación Mexicana de Energía Eólica, la AMDE ubican a Tamaulipas como la segunda entidad en generación de esta energía con 2,039 MW, solo detrás de Oaxaca, número uno en energía, con 2,749 MW.
En la entidad operan 14 parques eólicos con 1, 722 megawatts, mientras que en la Comisión Reguladora de Energía (CRE) hay ocho proyectos en gestión de permisos; la entidad tiene capacidad para generar 22 mil MW de energía.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), ubican a la entidad en la posición número 23 bajo el esquema de Generación Distribuida por sus 22.15 MW, mientras que la la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex), no reporta ninguna central fotovoltaica bajo el modelo a gran escala.