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Aprueba Consejo General del Ietam plataformas electorales

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VICTORIA, Tam.- En sesión extraordinaria celebrada la tarde de este domingo 9 de enero, el Pleno del Consejo General aprobó diversos acuerdos, así como una resolución a un procedemiento sancionador en acatamiento a una sentencia emitida por el Honorable Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas.

El primer Acuerdo aprobado por unanimidad es el relativo al registro de las plataformas electorales presentadas por los siete partidos políticos con acreditación ante el Ietam y que participan en el proceso electoral 2021-2022.

Al respecto, las plataformas electorales son los documentos a través de los cuales los partidos políticos y coaliciones fundan y expresan las propuestas específicas de campaña, que deberán difundir sus candidatas y candidatos y que impulsarán en caso de ganar las elecciones. Asimismo, el artículo 238, fracción I, de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, establece como requisito indispensable para que proceda el registro de candidaturas que el partido político o coalición que los postula, haya registrado la plataforma electoral respectiva.

El segundo Acuerdo aprobado, por unanimidad de votos, es el relativo a la distribución del financiamiento público ordinario que corresponde a los partidos políticos con derecho a ello para el ejercicio 2022. Cabe señalar que el Órgano Máximo de Dirección del Ietam, mediante Acuerdo No. IETAM/CG-127/2021, emitió declaratoria de pérdida del derecho al financiamiento público para actividades ordinarias permanentes y de actividades específicas a los partidos políticos nacionales de la Revolución Democrática y Verde Ecologista de México, ello, por no haber obtenido al menos el tres por ciento de la votación válida emitida en las elecciones de diputaciones y ayuntamientos del Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.

Partido político  

Monto anual de financiamiento público para actividades ordinarias

 

Monto anual de financiamiento público para actividades específicas

Financiamiento público para franquicias postales a partidos políticos
Partido Acción Nacional $  55,233,136.00 $ 1,656,994.00 $771,855.00
Partido Revolucionario Institucional $  21,465,484.00 $   643,964.00 $771,855.00
Partido del Trabajo $  13,424,492.00 $   402,735.00 $771,855.00
Movimiento Ciudadano $  14,101,524.00 $   423,046.00 $771,855.00
Morena $  57,865,018.00 $ 1,735,951.00 $771,855.00
Partido de la Revolución Democrática     $771,855.00
Partido Verde Ecologista de México     $771,855.00
Total $ 162,089,654.00 $ 4,862,690.00 $5,402,985.00*

(*) Al total deberá sumarse una reserva de $1,080,601.00 que será distriuido entre los 2 meses que corresponden a la etapa de campaña, por partes iguales a los 7 partidos políticos nacionales y, en su caso, a la candidatura independiente a la gubernatura.

 

En otro de los temas abordados en la sesión extraordinaria es el relativo a los convenios de coalición y de candidatura común que de manera oportuna los partidos políticos sometieron al registro de la autoridad electoral. Al respecto, el artículo 66 de la Ley Electoral Local, en su antepenúltimo párrafo, establece que las autoridades electorales solamente pueden intervenir en los asuntos internos de los partidos en los términos que expresamente señale la Ley. El anterior mandamiento se refuerza con la interpretación jurisdiccional, pues en la Acción de Inconstitucionalidad 85/2009 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió:

 

“…los partidos políticos cuentan con una protección institucional que salvaguarda su vida interna. Esa protección encuentra base en los principios de auto-conformación y auto-organización, los cuales garantizan que los partidos políticos cuentan con un margen considerablemente abierto de actuación en todo lo concerniente en su régimen interior; esto es, que cuentan con la posibilidad de tomar y ejecutar resoluciones decisionistas en todos y cada uno de los rubros internos que les atañen.”

 

En tal sentido, el artículo 110, fracciones VIII y LXVII de la Ley Electoral Local, establecen que el Consejo General del IETAM, tiene la atribución de resolver sobre los convenios de fusión, frente y coalición que celebren los partidos políticos estatales y dictar los acuerdos y reglamentación necesarios para hacer efectivas sus atribuciones; por lo tanto, se determino procedente por unanimidad de votos la aprobación de los Acuerdos de solicitud de registro de los convenios siguientes:

  • Coalición denominada “VA POR TAMAULIPAS”, integrada por los partidos políticos nacionales Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática; y,
  • Candidatura común denominada “Juntos Hacemos Historia en Tamaulipas”, integrada por los partidos políticos nacionales morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.

Otro de los asuntos aprobado en la segunda sesión extraordinaria del año, fue el relativo a la Resolución del Consejo General, que se emite en cumplimiento de la Resolución TE-RAP-91/2021 y acumulados, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, por la que revocó parcialmente la diversa IETAM-R/CG-120/2021, la cual resolvió la denuncia interpuesta por el partido político morena, en contra de los CC. Yahleel Abdalá Carmona, Oscar Enrique Rivas Cuellar, Imelda Margarita Sanmiguel Sánchez, Daniel Treviño Martínez, Patricia Lorena Ferrara Theriot y Luis Roberto Moreno Hinojosa, por la supuesta comisión de las infracciones consistentes en uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y actos anticipados de campaña; así como en contra del Partido Acción Nacional, por culpa in vigilando. En tal sentido: se determino como  existente el uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuida a la C. Imelda Margarita Sanmiguel Sánchez, otrora candidata a la diputación local por el Distrito 02 con cabecera en Nuevo Laredo, Tamaulipas, por lo cual se le impuso una sanción consistente en amonestación pública, la cual podría aumentar en caso de reincidencia.

De igual manera, es existente la infracción atribuida a Yahleel Abdalá Carmona, otrota candidata a presidenta municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, consistente en promoción personalizada, por lo cual se le impuso una sanción consistente en amonestación pública, la cual podría aumentar en caso de reincidencia.

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