Tribunal Electoral revoca aprobación de coalición PAN-PRI
Perla Reséndez
MONTERREY, N.L.– Los magistrados de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvieron que la coalición “Fuerza y Corazón por Tamaulipas”, no cumplen con los requisitos para contender en el proceso electoral.
En sesión pública de este martes, se revisó el juicio de revisión constitucional, (SM-JRC-25/2024), promovido por el representante de Morena y la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Tamaulipas”.
El mismo se hizo para controvertir una resolución del Tribunal Electoral de Tamaulipas, que a su vez confirmó la resolución emmitida por el Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), con el que se aprobó la solicitud de registro del convenio de coalición “Fuerza y Corazón por Tamaulipas”, integrada por el PAN y PRI para la elección de diputaciones y ayuntamientos en el proceso electoral 2023-2024.
El proyecto de la magistrada Elena Ponce Aguilar, propuso modificar la sentencia controvertida, “al considerar que la autoridad responsable sí fue exhaustiva, además de que fundó y motivó su determinación”.
El magistrado Ernesto Camacho Ochoa, señaló que los institutos electorales y tribunales electorales, deben ser facilitadores de un proceso si los partidos quieren coaligarse.
“Pero ¿qué pasa?, un Instituto tiene que simular la revisión de documentos, ocultarlos cuando se analiza o aprueba una coalición, ¿ese es el papel de un Instituto?, el papel es verificar como lo dice la ley y el reglamento nacional de elecciones, no mi opinión”, señaló.
Por su parte, la magistrada presidenta del Tribunal, Claudia Valle Aguilasocho, también dio una postura diferenciada a lo que propuso el proyecto, apuntando que es al Ietam a quien le correspondía revisar la documentación.
Y, aunque en primera instancia recibió la documentación y previno a los partidos a presentar cierta documentación con la que se avalaría la coalición, “omite establecer un plazo o un término cierto ni al PRI ni al PAN para que completen la documentación necesaria, sino que la deben presentar en el momento procesal oportuno”.
Explicó que en el artículo 38 en su fracción segunda para establecer los convenios de coalición, se indica que el Consejo General del Ietam a través de la comisión de Prerrogativas, se establece que debe notificar a los partidos de la documentación que hace falta y se dan tres días a partir del día siguiente de su notificación, para que sea subsanada la omisión, sin embargo, el Ietam dejó abierto el plazo.
Apuntó que esta omisión no es culpa de los partidos polítios, sino del Instituto Electoral de Tamaulipas y el Trieltam, y este último debió requerir al primero, por no haber dado un plazo, que sí lo tiene establecido el Instituto Electoral de Tamaulipas.
“El Tribunal lo que debió haber hecho era buscar regularizar el procedimiento que había instado de manera indebida el Instituto electoral y darle un breve plazo. No hace esto, toma la pruebas y dice: ‘te requerieron esto y aquí esta y entonces cumples con los requisitos. No es economía procesal, la justificación, se llama es diseño constitucional de competencia por autoridades electorales”, señaló.
Se pronunció por revocar la decisión del Tribunal Electoral de Tamaulipas (Trieltam), conceder, a que la incertidumbre no es atribuible al PAN y al PRI, un breve plazo, (no más de 24 horas) para entregar la documentación y con ello validar o no la coalición.
Ante ello, el proyecto original se modificó, y se estableció un plazo de 24 horas para que los partidos políticos presenten la documentación requerida para el covenio de coalición.