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Ampara juez a Cabeza de Vaca para mantener escoltas

Perla Reséndez

VICTORIA, Tam.- Un juez federal otorgó un amparo al ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, para que él y su familia puedan continuar contando con la seguridad de escoltas hasta el 2028.
El Juez octavo de distrito en Tamaulipas, Faustino Gutiérrez Pérez, resolvió el amparo 1431/2023-3, promovido por el ex mandatario el 16 de mayo del 2023, contra actos de la Secretaría de Seguridad Pública de Tamaulipas y otra autoridad, al rotar a los policías asignados como escoltas para él y su familia.
De acuerdo con lo resuelto con el juzgador, la autoridad responsable de otorgar la seguridad al ex mandatario, no justificó los preceptos aplicables ni las circunstancias o razones particulares que sustenten el cambio de adscripción de los elementos asignados como escoltas.
“No basta con usar la frase, “por necesidades del servicio”, sino justificarlo y sobre todo, tomar en consideración la naturaleza del servicio de protección a que está sujeto el funcionario público”.
En septiembre del 2021, el Congreso de Tamaulipas aprobó reformas a la Ley de Seguridad Pública, para asignar al gobernador con cargo al erario, vehículos y escotas para su seguridad, hasta por seis años después de concluir su mandato, con prórroga si las condiciones de riesgo lo llegasen a ameritar.
En mayo de este mismo año, la mayoría de Morena aprobó en Comisiones, la llamada “Ley Guarura” para retirar escoltas al ex mandatario Francisco García Cabeza de Vaca, mismos que, afirman, representan un gasto para el erario de un millón 100 mil pesos mensuales.
En 2016, siendo gobernador, García Cabeza de Vaca, retiró los servicios de seguridad a los ex gobernadores Manuel Cavazos Lerma, Tomás Yarrington Ruvalcaba, Eugenio Hernández y Egidio Torre Cantú.
El 15 de julio de 2022 se emitió un Acuerdo para la asignación de diversos elementos humanos y vehículos, para la seguridad y protección personal de García Cabeza de Vaca, su cónyuge e hijos, a partir del 1 de octubre de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2028.
Luego el 8 de mayo del 2023, el Director de Seguridad a Personal e Instalaciones y Edificios Públicos de la Secretaría de Seguridad Pública, modificó el Acuerdo y se señalaba que “por necesidades del servicio”, era necesario disminuir y hasta rotar el personal asignado para su protección y seguridad”, lo que no fue justificado, a criterio del juzgador.
“Al no satisfacer el requisito de debida fundamentación y motivación tutelado en el artículo 16 constitucional, resultan fundados los conceptos de violación, y por ende, procede conceder el amparo y protección de la justicia federal solicitado por el quejoso”.

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